sábado, 7 de junio de 2008

¿Que son las Indulgencias?

Qué son las indulgencias?
¿Tiene sentido hablar hoy de las indulgencias?


Seguramente hemos oído la palabra “indulgencias”, entendiendo por tal una especie de gracia o favor que se vincula al cumplimiento de una acción piadosa: el rezo de alguna oración, la visita a un santuario o a otro lugar sagrado, etc. También al oír la palabra “indulgencias” vienen a nuestra memoria las disputas entre Lutero y la Iglesia de Roma, y las críticas subsiguientes de los otros reformadores del siglo XVI.Pero, ¿qué son las indulgencias? La etimología latina de la palabra puede ayudarnos a situarnos en una pista correcta. El verbo “indulgeo” significa “ser indulgente” y también “conceder”. La indulgencia es, pues, algo que se nos concede, benignamente, en nuestro favor. El Catecismo de la Iglesia Católica nos proporciona, con palabras de Pablo VI, una definición más precisa: “La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos” (Catecismo, 1471).

La definición, exacta y densa, relaciona tres realidades: la remisión o el perdón, el pecado, y la Iglesia. La indulgencia consiste en una forma de perdón que el fiel obtiene en relación con sus pecados por la mediación de la Iglesia.

¿Qué es lo que se perdona con la indulgencia?

No se perdonan los pecados, ya que el medio ordinario mediante el cual el fiel recibe de Dios el perdón de sus pecados es el sacramento de la penitencia (cf Catecismo, 1486). Pero, según la doctrina católica, el pecado entraña una doble consecuencia: lleva consigo una “pena eterna” y una “pena temporal”.

¿Qué es la pena eterna?

Es la privación de la comunión con Dios. El que peca mortalmente pierde la amistad con Dios, privándose, si no se arrepiente y acude al sacramento de la penitencia, de la unión con Él para siempre.Pero aunque el perdón del pecado por el sacramento de la Penitencia entraña la remisión de la pena eterna, subsiste aún la llamada “pena temporal”. La pena temporal es el sufrimiento que comporta la purificación del desorden introducido en el hombre por el pecado. Esta pena ha de purgarse en esta vida o en la otra (en el purgatorio), para que el fiel cristiano quede libre de los rastros que el pecado ha dejado en su vida.Podemos poner una comparación. Imaginemos una intervención quirúrgica: un trasplante de corazón, por ejemplo. El nuevo corazón salva la vida del paciente. Se ve así liberado el enfermo de una muerte segura. Pero, cuando ya la operación ha concluido exitosamente, e incluso cuando está ya fuera de peligro, subsiste la necesidad de una total recuperación. Es preciso sanar las heridas que el mal funcionamiento del corazón anterior y la misma intervención han causado en el organismo. Pues de igual modo, el pecador que ha sido perdonado de sus culpas, aunque está salvado; es decir, liberado de la pena eterna merecida por sus pecados, tiene aún que reestablecerse por completo, sanando las consecuencias del pecado; es decir, purificando las penas temporales merecidas por él.

La indulgencia es como un indulto, un perdón gratuito, de estas penas temporales. Es como si, tras la intervención quirúrgica y el trasplante del nuevo corazón, se cerrasen de pronto todas las heridas y el paciente se recuperase de una manera rápida y sencilla, ayudado por el cariño de quienes lo cuidan, la atención esmerada que recibe y la eficacia curativa de las medicinas.La Iglesia no es la autora, pero sí la mediadora del perdón. Del perdón de los pecados y del perdón de las penas temporales que entrañan los pecados. Por el sacramento de la Penitencia, la Iglesia sirve de mediadora a Cristo el Señor que dice al penitente: “Yo te absuelvo de tus pecados”. Con la concesión de indulgencias, la Iglesia reparte entre los fieles la medicina eficaz de los méritos de Cristo nuestro Señor, ofrecidos por la humanidad. Y en ese tesoro precioso de los méritos de Cristo están incluidos también, porque el Señor los posibilita y hace suyos, las buenas obras de la Virgen Santísima y de los santos. Ellos, los santos, son los enfermeros que vuelcan sus cuidados en el hombre dañado por el pecado, para que pueda recuperarse pronto de las marcas dejadas por las heridas.¿Tiene sentido hablar hoy de las indulgencias? Claro que sí, porque tiene sentido proclamar las maravillas del amor de Dios manifestado en Cristo que acoge a cada hombre, por el ministerio de la Iglesia, para decirle, como le dijo al paralítico: “Tus pecados están perdonados, coge tu camilla y echa a andar”. Él no sólo perdona nuestras culpas, sino que también, a través de su Iglesia, difunde sobre nuestras heridas el bálsamo curativo de sus méritos infinitos y la desbordante caridad de los santos.


Indulgencia Plenaria:

Consiste en la remisión total de la pena temporal causada por los pecados.

Indulgencia Parcial:

Es la remisión parcial de esta pena temporal.

Cuando se está buscando lucrar una Indulgencia Plenaria y por faltar el arrepentimiento de algún pecado venial no se cumple con todas las condiciones exigidas para la Indulgencia Plenaria, la persona obtiene al menos una Indulgencia Parcial.
Sólo Dios sabe exactamente cuán eficaz ha sido una Indulgencia Parcial o si efectivamente se obtuvo una Indulgencia Plenaria.

Condiciones para ganar las Indulgencias:

Ser bautizado
Ser miembro de la Iglesia Católica
Estar libre de excomunión
Estar en estado de gracia
Tener la intención de obtener la Indulgencia

Cumplir con las demás condiciones que la Iglesia ha determinado para la Indulgencia que se desee obtener:

para Indulgencia Parcial:
estando arrepentido de los pecados, realizar la acción requerida para dicha Indulgencia.

para Indulgencia Plenaria:
estando arrepentido de los pecados, realizar la acción requerida para dicha Indulgencia y, además, hacer una Confesión Sacramental, recibir la Sagrada Comunión y rezar por las intenciones del Papa (un Padre Nuestro y un Ave María, por ejemplo). Finalmente, hay que estar libre de todo apego de pecado, incluyendo los pecados veniales.

Indulgencias plenarias.

- Quienes llevan el escapulario del Carmen se unen a la familia carmelita y pueden ganar indulgencia plenaria el día en que le imponen el escapulario y los siguientes días:

16 de mayo (San Simón Stock).
16 de julio (Virgen del Carmen).
20 de julio (San Elías Profeta).
1 de octubre (Santa Teresa de Lisieux).
15 de octubre (Santa Teresa de Jesús).
14 de noviembre (Todos los Santos Carmelitas).
14 de diciembre (San Juan de la Cruz).

B. CONDICIONES

1. Para la promesa de salvación. Se requiere:
Tener impuesto el escapulario. (Basta hacerlo una sola vez).
Llevarlo puesto. Puede sustituirse por una medalla. Tanto la medalla como el escapulario deben estar bendecidos.
Devoción a María; procurar imitarla; desear ser buenos hijos suyos. El escapulario son dos trocitos de tela que simbolizan una vestimenta. Y quien viste el hábito de María debe vivir como Ella, ejercitando las virtudes cristianas. De modo que el hábito-vestido vaya unido al hábito-virtud.

2. Para el privilegio sabatino. Se precisa, además de lo anterior:
Guardar la castidad propia de su estado. (La confesión recupera la situación perdida).
Rezar el oficio parvo de nuestra Señora. Este rezo puede sustituirse por la abstinencia de carne los miércoles y sábados. También se mencionan otras posibles sustituciones: el rezo del oficio divino o del Rosario. Incluso algunos dicen que bastarían cinco o tres avemarías, pero esto no está claro.

3. Para las indulgencias. Se necesitan los requisitos propios de las indulgencias, más las condiciones del escapulario en la promesa de salvación.
4. La medalla.- San Pío X (Santo Oficio, 16.XII.1910) decretó que el escapulario, después de su imposición, puede sustituirse por una medalla de metal que lleve por un lado una imagen del Sagrado Corazón de Jesús, y por el otro una imagen de la Santísima Virgen (suele ser del Carmen).

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